Les informamos que hemos actualizamos nuestros Contratos para Inversionistas y Nuestro contrato de Solicitante y nuestros Términos y Condiciones del uso de la Plataforma. A continuación, les compartimos los principales cambios de esta actualización:
Productos Financieros:
Asimismo, se realizaron las adecuaciones necesarias para garantizar que la carátula del contrato, sus anexos y el clausulado general de los Contratos para Inversionistas sean congruentes con las modificaciones efectuadas.
| CONTRATO ANTERIOR | CONTRATO NUEVO |
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OPERACIONES O SERVICIOS ADICIONALES. FUNDARY ofrece al INVERSIONISTA en su beneficio las siguientes operaciones o servicios adicionales y/o opcionales: 1. Nombre del producto: Auto Inversión Descripción: El INVERSIONISTA se encontrará facultado para reinvertir el capital y/o los intereses provenientes de los pagos de los financiamientos que este realice en favor de los SOLICITANTES en un esquema de inversión automática. Por virtud de este producto, los INVERSIONISTAS facultarán a FUNDARY para llevar a cabo la distribución de dichos recursos de manera discrecional conforme a ciertos parámetros y lineamientos seleccionados por el INVERSIONISTA. Dicha distribución será llevada a cabo por FUNDARY, respetando la Metodología de Evaluación, Selección y Clasificación de SOLICITANTES contenida en los Términos y Condiciones aplicables al presente contrato. Naturaleza del producto o servicio: Opcional, posterior al presente contrato. |
OPERACIONES O SERVICIOS ADICIONALES. FUNDARY ofrece al INVERSIONISTA en su beneficio las siguientes operaciones o servicios adicionales y/o opcionales: Nombre del producto: Auto Inversión Descripción: El producto Auto Inversión faculta al INVERSIONISTA a destinar automáticamente el capital inicial, el capital y/o los intereses provenientes de los pagos de sus FINANCIAMIENTOS hacia los SOLICITANTES, bajo un esquema de inversión automática administrado por FUNDARY. Dicha distribución será llevada a cabo por FUNDARY, con base en los parámetros preautorizados por el INVERSIONISTA al otorgar su consentimiento en la Plataforma, considerando los criterios contenidos en los listados de Niveles de Riesgo y Niveles FUNDARY que se muestran en los Términos y Condiciones, así como los modelos matemáticos diseñados para buscar la mayor diversificación del portafolio. Dicha distribución será llevada a cabo por FUNDARY, respetando la Metodología de Evaluación, Selección y Clasificación de SOLICITANTES contenida en los Términos y Condiciones aplicables al presente contrato. Naturaleza del producto o servicio: Opcional, posterior al presente contrato. |
Nombre del producto: Liquidez Fundary Descripción: Consiste en la oportunidad al INVERSIONISTA (INVERSIONISTA VENDEDOR) de transferir los derechos de cobro derivados de una o varias de sus inversiones a otro INVERSIONISTA (INVERSIONISTA COMPRADOR), previo al vencimiento de la fecha pactada para el pago por parte del SOLICITANTE, poniendo a la venta su inversión. Dicha comisión solo se cobrará hasta que el INVERSIONISTA COMPRADOR realice el pago por la compra de dicha inversión, y esta será descontada de manera directa de la CUENTA STP del INVERSIONISTA VENDEDOR. Dicho cobro será reportado en su estado de cuenta como COBRO DE LIQUIDEZ FUNDARY. Naturaleza del producto o servicio: Opcional, posterior al presente contrato. Este servicio es aplicable exclusivamente al modelo de crédito tradicional y no es válido para operaciones de factoraje financiero. Por su parte, para la realización del presente contrato es necesaria el servicio de una CUENTA STP, de acuerdo con lo siguiente: |
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Concepto de la comisión: Comisión por Transferencia de activos por uso de liquidez Método usado para su cálculo: FUNDARY cobra el 5% (cinco por ciento) más IVA por la transferencia de los derechos de cobro a otro inversionista previo a la fecha de vencimiento pactada por la venta de su inversión dicha comisión solo se cobrará hasta que el inversionista comprador realice el pago por la compra de dicha inversión, y esta será descontada de manera directa, con su previo consentimiento, de la cuenta asignada STP del inversionista vendedor. Eventos que generan la comisión: Por la venta de Inversión en el producto de Crédito Tradicional. No aplica para factoraje financiero. Periodicidad de la comisión: Única. |
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Concepto de la comisión: Comisión por éxito por uso de la Plataforma Método usado para su cálculo: FUNDARY cobrará hasta el 33.3% más IVA de los intereses ordinarios y extraordinarios generados por el financiamiento otorgado al SOLICITANTE. Dicha comisión únicamente se cobrará hasta que el SOLICITANTE realice el pago del financiamiento, salvo en el caso de factoraje financiero, donde la comisión será cobrada por adelantado al inicio del proceso. En su caso, dicha comisión será descontada de manera directa de la CUENTA STP del INVERSIONISTA. Eventos que generan la comisión: El pago del financiamiento por parte del SOLICITANTE, o, en caso de factoraje financiero, el inicio del proceso. Periodicidad de la comisión: Por evento |
Concepto de la comisión: Administración por éxito Método usado para su cálculo: FUNDARY cobrará hasta el 79% más IVA de los intereses ordinarios y extraordinarios generados por el financiamiento otorgado al SOLICITANTE bajo el concepto de comisión por “Administración por Éxito” por uso de la plataforma. Dicha comisión únicamente se cobrará hasta que el SOLICITANTE realice el pago del financiamiento, salvo en el caso de factoraje financiero, donde la comisión será cobrada por adelantado al inicio del proceso. En su caso, dicha comisión será descontada de manera directa de la CUENTA STP del INVERSIONISTA. Eventos que generan la comisión: El pago del financiamiento por parte del SOLICITANTE, o, en caso de factoraje financiero, el inicio del proceso. Periodicidad de la comisión: Por evento. |
Productos Financieros:
Asimismo, se realizaron las adecuaciones necesarias para garantizar que la carátula del contrato, sus anexos y el clausulado general del Contrato Solicitante sean congruentes con las modificaciones efectuadas.
| CONTRATO ANTERIOR | CONTRATO NUEVO |
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COMISIONES ORDINARIAS. El SOLICITANTE se obliga a pagar a FUNDARY una Comisión por Contratación o Apertura correspondiente al porcentaje señalado en la REFERENCIA (11) de la tabla de datos del presente contrato, más IVA, calculado sobre el monto principal del CRÉDITO. El SOLICITANTE autoriza a FUNDARY para que previamente a realizar el abono a la cuenta que funja como medio de disposición del crédito, descuente la comisión referida en esta cláusula. Este descuento se reflejará en el estado de cuenta correspondiente. Las operaciones realizadas a través de otras entidades financieras ajenas a FUNDARY, tales como las Instituciones de Crédito, Instituciones de Fondos de Pago Electrónico u otras similares, con las cuales el SOLICITANTE tenga una cuenta, podrán generar comisiones por realizar transferencias de recursos. Consulte con dichas condiciones previamente a realizar sus operaciones. Adicionalmente, FUNDARY cobrará la siguiente comisión: Concepto de la comisión: Disposición del crédito vía SPEI por movimientos de dinero. Método usado para su cálculo: FUNDARY cobra cada vez que el SOLICITANTE haga una transferencia de dinero de o hacia su CUENTA STP, un costo de $10.00 M.N. (diez pesos) más IVA por operación, monto que será́ cobrado de los recursos de su CUENTA STP y será́ reportada en su Estado de Cuenta como COBRO POR TRANSFERENCIA. Eventos que generan la comisión: La realización por parte del SOLICITANTE de una transferencia de dinero en la plataforma. Periodicidad de la comisión: Por evento. COMISIONES POR GASTOS DE COBRANZA. En caso de que el SOLICITANTE no realice en tiempo y forma el pago del CRÉDITO contratado, el SOLICITANTE se obliga a pagar a FUNDARY una comisión diaria de $150.00 M.N (Ciento Cincuenta pesos) por gastos de cobranza hasta por un monto de $9,000.00 M.N. (nueve mil 00/100 pesos Moneda Nacional), más IVA. En caso de que el pago del crédito se haya acordado en dos o más exhibiciones, la mora de dos o más exhibiciones no generará esta comisión, sino únicamente el primer incumplimiento a sus pagos. |
COMISIONES ORDINARIAS. El SOLICITANTE se obliga a pagar a FUNDARY una Comisión por Contratación correspondiente hasta el porcentaje señalado en la REFERENCIA (11) de la tabla de datos del presente contrato, más IVA, calculado sobre el monto principal del CRÉDITO. El SOLICITANTE autoriza a FUNDARY para que previamente a realizar el abono a la cuenta que funja como medio de disposición del crédito, descuente la comisión referida en esta cláusula. Este descuento se reflejará en el estado de cuenta correspondiente. Las operaciones realizadas a través de otras entidades financieras ajenas a FUNDARY, tales como las Instituciones de Crédito, Instituciones de Fondos de Pago Electrónico u otras similares, con las cuales el SOLICITANTE tenga una cuenta, podrán generar comisiones por realizar transferencias de recursos. Consulte con dichas condiciones previamente a realizar sus operaciones. Adicionalmente, FUNDARY cobrará la siguiente comisión: Concepto de la comisión: Disposición del crédito en efectivo, por servicio de Transferencia. Método usado para su cálculo: FUNDARY cobra cada vez que el SOLICITANTE haga una transferencia de dinero de o hacia su CUENTA STP, un costo de $10.00 M.N. (diez pesos) más IVA por operación, monto que será́ cobrado de los recursos de su CUENTA STP y será́ reportada en su Estado de Cuenta como COBRO POR TRANSFERENCIA. Eventos que generan la comisión: La realización por parte del SOLICITANTE de una transferencia de dinero en la plataforma. Periodicidad de la comisión: Por evento. COMISIONES POR PENALIZACIÓN POR PAGO TARDÍO En caso de que el SOLICITANTE no realice en tiempo y forma el pago del CRÉDITO contratado, el SOLICITANTE se obliga a pagar a FUNDARY una comisión diaria de $150.00 M.N (Ciento Cincuenta pesos) por Penalización por Pago Tardío REFERENCIA (17) , hasta por un monto de $9,000.00 M.N. (nueve mil 00/100 pesos Moneda Nacional), más IVA. En caso de que el pago del crédito se haya acordado en dos o más exhibiciones, la mora de dos o más exhibiciones no generará esta comisión, sino únicamente el primer incumplimiento a sus pagos. |
MEDIOS DE PAGO: Únicamente para el caso de que por cualquier circunstancia no fuera posible para el SOLICITANTE realizar el pago en los términos referidos en el párrafo anterior, el solicitante deberá realizar transferencia electrónica de fondos a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), en la cuenta con CLABE número 012180001093803532, en la institución bancaria BBVA, a favor de FUNDARY, señalando como referencia de pago el número de identificación del presente crédito. Adicionalmente, el solicitante deberá enviar un correo electrónico a la cuenta soporte@fundary.com para señalar que realizó el pago por el medio referido en este párrafo, identificando cuando menos su nombre de usuario, el número de crédito que pagó y la cantidad que pagó, así como adjuntando el comprobante de la transferencia correspondiente; en todo caso, el pago se tendrá por acreditado en el momento en que FUNDARY reciba efectivamente los recursos provenientes de la transferencia de fondos realizada por el SOLICITANTE. |
MEDIOS DE PAGO: Únicamente para el caso de que por cualquier circunstancia no fuera posible para el SOLICITANTE realizar el pago en los términos referidos en el párrafo anterior, el solicitante deberá realizar transferencia electrónica de fondos a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), en la cuenta con CLABE número 012180001137397674, en la institución bancaria BBVA, a favor de FUNDARY, señalando como referencia de pago el número de identificación del presente crédito. Adicionalmente, el solicitante deberá enviar un correo electrónico a la cuenta soporte@fundary.com para señalar que realizó el pago por el medio referido en este párrafo, identificando cuando menos su nombre de usuario, el número de crédito que pagó y la cantidad que pagó, así como adjuntando el comprobante de la transferencia correspondiente; en todo caso, el pago se tendrá por acreditado en el momento en que FUNDARY reciba efectivamente los recursos provenientes de la transferencia de fondos realizada por el SOLICITANTE. |
OPERACIONES O SERVICIOS ADICIONALES Para la realización del presente contrato es necesaria la contratación del servicio adicional de CUENTA STP, de acuerdo con lo siguiente: Nombre del servicio: Cuenta STP. Proveedor: SISTEMA DE TRANSFERENCIAS Y PAGOS STP, S.A. DE C.V., SOFOM, E.N.R. Derechos derivados del servicio: Contar, de acuerdo con la disponibilidad del servicio, con una cuenta CLABE para realizar abonos y retiros mediante transferencia vía SPEI. Obligaciones derivadas del servicio: Entregar la información requerida al proveedor del servicio para la apertura de la cuenta y cubrir todos los requisitos correspondientes. Forma en que se obtendrá el consentimiento del SOLICITANTE: Por medio de una carta dirigida a STP que se adjunta como anexo al presente contrato. |
OPERACIONES O SERVICIOS ADICIONALES Para la realización del presente contrato es necesaria la contratación del servicio adicional de CUENTA STP, de acuerdo con lo siguiente: Nombre del servicio: Cuenta STP. Proveedor: SISTEMA DE TRANSFERENCIAS Y PAGOS STP, S.A. DE C.V., SOFOM, E.N.R. Derechos derivados del servicio: Contar, de acuerdo con la disponibilidad del servicio, con una cuenta CLABE para realizar abonos y retiros mediante transferencia vía SPEI. Obligaciones derivadas del servicio: Entregar la información requerida al proveedor del servicio para la apertura de la cuenta y cubrir todos los requisitos correspondientes. Forma en que se obtendrá el consentimiento del SOLICITANTE: Por medio de la firma del presente contrato. |
ENTREGA DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS El presente contrato y todos sus anexos, incluyendo la tabla de amortización, se entregan en este acto al SOLICITANTE y se encuentran a su disposición en su cuenta de usuario en www.fundary.com, a partir de la fecha de firma del presente, comprendiendo los siguientes documentos: a) El presente contrato en formato digital número CONTRATO DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO – ID-. b) Carátula del contrato número CARÁTULA DEL SOLICITANTE DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO – ID-. c) Tabla de datos número TABLA DE DATOS DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO – ID-. d) Tabla de amortización TABLA DE AMORTIZACIÓN DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO – ID-. e) Copia de la solicitud de financiamiento colectivo número. f) Copia del pagaré que garantiza el monto del crédito otorgado: PAGARÉ – ID-. g) Carta STP: CARTA STP – ID-. |
ENTREGA DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS El presente contrato y todos sus anexos, incluyendo la tabla de amortización, se entregan en este acto al SOLICITANTE y se encuentran a su disposición en su cuenta de usuario en www.fundary.com, a partir de la fecha de firma del presente, comprendiendo los siguientes documentos: a) El presente contrato en formato digital número CONTRATO DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO – ID-. b) Carátula del contrato número CARÁTULA DEL SOLICITANTE DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO – ID-. c) Tabla de datos número TABLA DE DATOS DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO – ID-. d) Tabla de amortización TABLA DE AMORTIZACIÓN DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO – ID-. e) Copia de la solicitud de financiamiento colectivo número. f) Copia del pagaré que garantiza el monto del crédito otorgado: PAGARÉ – ID-. |
Productos Financieros:
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AUTOINVERSIÓN Es un servicio adicional y opcional que permite al Inversionista autorizar a Fundary a distribuir automáticamente sus recursos disponibles en su cuenta virtual conforme a criterios de diversificación, niveles de riesgo y modelos de asignación previamente determinados, en los términos del artículo 54 de las Disposiciones de Carácter General aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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PUBLICACIÓN. Una vez completadas por el Usuario Solicitante, las Solicitudes de Financiamiento Colectivo serán publicadas en la Plataforma por un periodo de 7 (siete) días. Durante dicho periodo, los Inversionistas podrán fondear la solicitud en comento. REPUBLICACIÓN En caso de que no se alcanzare la meta de recursos planteada en la solicitud, el Solicitante tendrá derecho de publicar nuevamente la Solicitud por un plazo adicional de 7 (siete) días. Al finalizar dicho plazo, podrá decidir tomar los recursos que fueron fondeados, o bien, cancelar la solicitud. |
PUBLICACIÓN. Una vez completadas por el Usuario Solicitante, las Solicitudes de Financiamiento Colectivo serán publicadas en la Plataforma por un periodo de 1 y hasta 7 (siete) días. Durante dicho periodo, los Inversionistas podrán fondear la solicitud en comento. REPUBLICACIÓN En caso de que no se alcanzare la meta de recursos planteada en la solicitud, el Solicitante tendrá derecho de publicar nuevamente la Solicitud por un plazo adicional de 1 hasta 7 (siete) días. Al finalizar dicho plazo, podrá decidir tomar los recursos que fueron fondeados, o bien, cancelar la solicitud. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FINANCIAMIENTO COLECTIVO POR MEDIO DE LA MODALIDAD DE AUTOINVERSIÓN Los Inversionistas podrán optar por destinar aquellos intereses que le sean retribuidos en virtud de las aportaciones realizadas en favor de los Solicitantes a través del sitio web de Fundary a un esquema de AutoInversión. Dicho esquema permitirá a los inversionistas destinar recursos de manera automática a Fundary, para que este último en ejercicio del mandato conferido en el Contrato de Adhesión, lleve a cabo la distribución de dichos recursos a un listado de Solicitantes que este determine de manera discrecional, con base en los criterios contenidos en los listados de Niveles de Riesgo y Niveles Fundary que se muestran en los presentes Términos y Condiciones. Los Inversionistas que opten por operar bajo esta modalidad, deberán determinar la cantidad de recursos, el plazo del crédito a otorgar, así como las categorías de Solicitantes a los que deseen que sean dirigidos sus aportaciones. Dichas cuestiones serán determinadas por los Inversionistas dentro del proceso de Auto Inversión puesto a disposición a través del Perfil Inversionista del sitio web de Fundary. Una vez que el inversionista haya determinado los criterios para llevar a cabo la Auto Inversión de sus recursos, este deberá manifestar su consentimiento expreso usando los mecanismos que al efecto le proporcione el sitio web de Fundary para llevar a cabo la disposición de los recursos en términos de los artículos 54, 72 y 76 de las Disposiciones de Carácter General para las Instituciones de Tecnología Financiera. Asimismo, los Inversionistas, en el momento que así lo deseen, podrán llevar a cabo la modificación de las condiciones de la Auto Inversión de sus recursos llevada a cabo por Fundary. Los Inversionistas podrán cancelar o pausar la Auto Inversión de sus recursos a través del sitio web de Fundary, previa a la autentificación de su identidad, con excepción de aquellos supuestos determinados por los numeral 6.7.1 de los presentes Términos y Condiciones. Para llevar a cabo la cancelación anterior, se requerirá que los Inversionistas acepten una Constancia de Cancelación que será puesta a su disposición por medio del sitio web de Fundary. Por último, por el alta, modificación o cancelación del servicio de Auto Inversión, los Inversionistas recibirán el comprobante de la operación realizada, o bien, la Constancia de Cancelación respectiva, a través de los medios de contacto que éstos hayan proporcionado a Fundary durante su Registro y Creación de Cuenta. |
FINANCIAMIENTO COLECTIVO POR MEDIO DE LA MODALIDAD DE AUTO INVERSIÓN Los Inversionistas podrán optar por un esquema de Auto Inversión a través del sitio web de Fundary. Dicho esquema permitirá a los Inversionistas destinar sus recursos de manera automática a Fundary, para que este último en ejercicio del mandato conferido en el Contrato de Adhesión, lleve a cabo la distribución de dichos recursos a un listado de Solicitantes, con base en los criterios contenidos en los listados de Niveles de Riesgo y Niveles Fundary que se muestran en los presentes Términos y Condiciones (cuando aplique), así como con base en modelos matemáticos y algoritmos desarrollados por FUNDARY buscando la mayor diversificación del portafolio. Una vez que el inversionista haya determinado optar por la Auto Inversión de sus recursos, este deberá manifestar su consentimiento expreso usando los mecanismos que al efecto le proporcione el sitio web de Fundary para llevar a cabo la disposición de los recursos en términos de los artículos 54, 72 y 76 de las Disposiciones de Carácter General para las Instituciones de Tecnología Financiera. Asimismo, los Inversionistas, podrán llevar a cabo la modificación de las condiciones de la Auto Inversión de sus recursos llevada a cabo por Fundary. Los Inversionistas podrán revocar la autorización relativa al Auto Inversión de sus recursos a través del sitio web de Fundary, previa a la autentificación de su identidad, con excepción de aquellos supuestos determinados por los numeral 6.7.1 de los presentes Términos y Condiciones. Para llevar a cabo la revocación anterior, una vez iniciada su sesión en la Plataforma, el Inversionista dispondrá en su página inicial de un [enlace o botón] visible, identificado como “[Revocar Auto Inversión]”, que le permitirá revocar solicitar la revocación de la autorización. Al seleccionarlo, se desplegará una ventana emergente o enlace de confirmación, en la que el Inversionista deberá confirmar expresamente su decisión de revocar la autorización. Para que la revocación surta efectos bastará la simple solicitud del Inversionista. A partir de la recepción de dicha solicitud, Fundary se abstendrá de ejecutar nuevas inversiones automáticas, sin perjuicio de que las inversiones previamente realizadas continúen conforme a sus respectivos contratos. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
MODIFICACIONES AL AVISO DE PRIVACIDAD Asimismo, el Aviso de Privacidad puede ser modificado en el tiempo y forma que Fundary lo determine, quien notificará al Usuario de dicha modificación mediante avisos en la misma plataforma de Fundary, el envío de correos electrónicos al usuario proporcionado por el Usuario o mensaje por SMS a través del celular proporcionado al momento del ingreso y uso del Sitio, a efecto de que el Usuario, se encuentre en posibilidad de ejercer sus Derechos ARCO. |
MODIFICACIONES AL AVISO DE PRIVACIDAD Asimismo, el Aviso de Privacidad puede ser modificado en el tiempo y forma que Fundary lo determine, quien notificará al Usuario de dicha modificación mediante avisos en la misma plataforma de Fundary, a efecto de que el Usuario, se encuentre en posibilidad de ejercer sus Derechos ARCO. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Adicionalmente, te informamos que es tu derecho, en caso de no estar de acuerdo con las modificaciones aquí detalladas, dar por terminado el contrato correspondiente dentro de los treinta días posteriores al presente aviso de modificación, sin responsabilidad alguna a tu cargo, y bajo las condiciones pactadas originalmente. En su caso, deberás cubrir los adeudos que se generen hasta el término de los servicios contratados, sin penalización alguna por dicha causa.
Siempre puedes consultar tu contrato en https://fundary.com/comisionesycontratos. De cualquier manera, siempre te informaremos por este medio cualquier cambio o actualización.
Con estas acciones refrendamos nuestro compromiso de brindar a nuestros clientes los mejores estándares de servicio y contribuir activamente al sano desarrollo del sistema financiero mexicano.
Atentamente,
Equipo Fundary.